Suspenden a agentes policiacos de Chihuahua por agredir a periodistas
México, 26 de junio, 2009 (CEPET). Wenceslao Chávez González y Hugo Abraham Barriga Vega, agentes de la Policía Municipal de Chihuahua (en el estado del mismo nombre), fueron suspendidos durante 21 días, sin goce de sueldo, luego de establecerse su responsabilidad en la agresión y detención arbitraria, el 14 de junio pasado, de los reporteros del periódico El Observador, Filiberto Ortiz y Daniel García, quienes atestiguaban un acto de abuso de autoridad de los uniformados contra vecinos de la colonia Martín López.
La sanción fue hecha pública por el alcalde de Chihuahua, Carlos Borruel Baquera, quien informó que también el policía primero Arturo Hernández Sánchez fue suspendido cuatro semanas, sin goce de sueldo, tras golpear y amenazar de muerte al reportero gráfico de El Heraldo de Chihuahua, Pablo Rodríguez a quien intentaba bloquear mientras realizaba la cobertura de un operativo policiaco, el pasado 20 de mayo.
Borruel Baquera garantizó que la decisión de castigar a los elementos policiacos será completamente independiente de lo que resuelvan la Comisión Nacional o la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, de modo que si cualquiera de éstas considera que los efectivos policiacos ameritan sanciones mayores, se acatarán "sin regateos" sus recomendaciones.
Asimismo,
aseguró haberse entrevistado con el secretario de Seguridad Pública estatal, Víctor
Valencia, con quien acordó elaborar un protocolo sobre el actuar de los elementos
policiacos ante las coberturas periodísticas. Añadió que buscarán fomentar entre los
policías una cultura de respeto y colaboración con los medios de comunicación para
evitar más incidentes como éstos.
Agreden agentes policíacos a reportero y fotógrafo de El EconomistaMéxico, 24 de junio, 2009 (CEPET). Omar Brito Báez y David Rojas, reportero y fotógrafo, respectivamente, del diario El Economista fueron agredidos por policías municipales y estatales mientras recogían información sobre el incendio de la guardería que el 5 de junio pasado cobró la vida de 47 niños en Hermosillo, Sonora, al norte de México. Enviados a la localidad para dar seguimiento a la tragedia que conmocionó a la opinión pública, el pasado viernes 19 de junio, los periodistas llegaron al lugar donde se encontraba la guardería ABC y solicitaron permiso a los encargados de una llantera que ubicada al lado del inmueble siniestrado, para tomar fotografías desde la azotea de dicho negocio, relató Brito Báez. Alrededor de las 15:30 horas, al percatarse de que Rojas se encontraba en lo alto del inmueble, cuatro policías se lanzaron contra él mientras lo agredían de manera verbal. Finalmente, el comunicador fue sometido por los agentes, quienes intentaron quitarle la memoria de la cámara fotográfica, mientras argumentaban que estaba violando el cerco de seguridad. Como el reportero gráfico se negó a entregar la memoria, los uniformados le aplicaron castigo al brazo para lastimarlo y obligarlo a entregarles su equipo; sin embargo, el fotógrafo resistió y logró entregar la cámara al reportero. Los policías se fueron entonces contra Brito Báez, a quien lastimaron también de la mano para que les entregara el dispositivo. Tras no lograr su objetivo, los uniformados amenazaron a los comunicadores con llevarlos ante el Ministerio Público. "Cuando lleguemos ahí, van a ver", les advirtieron. Mientras esto sucedía, al lugar llegaban más patrullas con elementos de la Policía Municipal de Hermosillo, que llegaron a sumar 15. "Nos identificamos como periodistas. Nunca violamos el cerco de seguridad y el edificio en donde mi compañero tomó las fotos era propiedad privada; no había ninguna razón para que nos llevaran. Nos detuvieron como media hora", comentó el reportero. Los periodistas se comunicaron vía telefónica a la Ciudad de México con el editor de la sección política de El Economista, Ricardo Barraza Gómez, quien explicó al jefe de los agentes el trabajo periodístico que estaban realizando en el lugar. Según Brito Báez, los liberaron pero no los dejaron continuar con su labor. Barraza Gómez, comentó que directivos de El Economista se comunicaron con Abel Murrieta Gutiérrez, procurador de Justicia del estado, quien reconoció que él había dado la instrucción a los cuerpos policíacos, por lo que asumía la responsabilidad de los hechos. "Es una arbitrariedad, una forma de inhibir la información", comentó. En respuesta a la agresión policiaca, los comunicadores interpusieron una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora.
Ampara la SCJN al periodista Jesús Orozco Herrera y fija límites a demandas penales contra comunicadores.
México, 18 de junio, 2009 (CEPET). La Suprema Corte de la Nación (SCJN) otorgó un amparo definitivo al periodista José Sacramento Jesús Orozco Herrera, director del periódico La Antorcha, quien había sido sentenciado a prisión por una demanda que en su contra presentó el ex alcalde de Acámbaro, Guanajuato, al centro de México. En su resolución, el máximo tribunal estableció medidas para proteger la libertad de información de periodistas contra procesos judiciales al tiempo que consideró que por estar sujetos al escrutinio público los derechos a la privacidad y al honor de los funcionarios públicos y de los políticos deben valorarse de forma diferente que los de los ciudadanos ordinarios. El caso se remonta al 23 de diciembre de 2004, cuando La Antorcha hizo pública información sobre el despido masivo que estaba realizando el ex presidente municipal de Acámbaro, Antonio Novoa Acevedo. Para documentar lo publicado, el medio entrevistó a un chofer despedido por el funcionario, quien además de declarar que éste utilizaba bienes del municipio en propio beneficio, manifestó haber sido despedido luego de negarse a darle un masaje en la espalda al mandatario local. En octubre de 2005, Orozco Herrera fue notificado de que había una orden de aprehensión en su contra, derivada de la demanda que había interpuesto Novoa Acevedo, quien argumentó que lo publicado dañaba su reputación. Esto obligó al periodista a ocultarse hasta que logró que le concediera la libertad bajo caución. Con base en una interpretación de la Ley de Imprenta que rige en Guanajuato, un juez local determinó que era culpable por el delito de ataques a la vida privada, por lo que lo sentenció a tres años, un mes y 15 días de prisión. El periodista interpuso un amparo ante un tribunal colegiado, pero éste ratificó la sentencia. Finalmente, Orozco Herrera acudió a la SCJN, la cual emitió ayer una resolución que señala diversas irregularidades en el procedimiento judicial al que se sometió al periodista, así como la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Imprenta vigente en Guanajuato, que limita la libertad de expresión. En el análisis del caso, los ministros revocaron la resolución por considerar que el tribunal colegiado interpretó incorrectamente los artículos 6 y 7 constitucionales que consagran la libertad de expresión y el derecho a la información, así como el modo en que deben resolverse los conflictos que frecuentemente se producen entre el ejercicio de estos derechos y los relativos a la intimidad y al honor de funcionarios públicos y políticos. También señaló los artículos 1, 3, 4, 5 y 6 de la Ley de Imprenta del estado de Guanajuato son inconstitucionales. Los ministros señalaron que la Ley de Imprenta no permite hacer las necesarias distinciones entre enjuiciamiento de hechos y de opiniones, ni dar cuenta de que los derechos al honor y a la intimidad de los funcionarios públicos tienen en general una menor extensión y resistencia ante la libertad de expresión, debido a la importancia que hay que dar a la posibilidad de que los medios de comunicación y la opinión pública en general, desplieguen un escrutinio exhaustivo de las actividades de los gobernantes. Finalmente la Corte establece que la Ley de Imprenta de Guanajuato es incompatible con los estándares básicos en materia de libertad de expresión que vinculan a México por el hecho de ser parte del sistema interamericano de derechos humanos, y en la resolución se hacen frecuentes referencias a la jurisprudencia de la Corte Interamericana y al informe de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de los Estados Americanos (OEA) del año 2008. En otro caso relevante, tras un año de juicio, el pasado 21 de abril el juez Décimo Tercero de Distrito en el Distrito Federal, declaró insubsistente una demanda presentada por el gobernador de Sonora, Eduardo Bours Castelo, contra el semanario Proceso y el reportero Ricardo Ravelo, al considerar que un reportaje publicado por la revista el 27 de abril de 2008 y que en portada llevaba el título de Eduardo Bours: narcopoder en Sonora, habían causado daño a su honor y reputación. El trabajo periodístico en cuestión hacía una larga relación de hechos acerca de los millonarios negocios realizados por el gobernador y sus hermanos al amparo del poder, además de una investigación de la Procuraduría General de la República abierta contra personajes cercanos a Bours bajo el supuesto de que estarían operando una amplia red de narcotráfico y narcomenudeo, solapados y protegidos por el propio mandatario, quien inició una querella por daño moral.
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