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PRETENDE EL IEV BURLAR A LA SUPREMA CORTE
Xalapa, Ver., a 15 de enero de 2010 (Difunet).-
La representación de Acción Nacional ante el
Instituto Electoral Veracruzano (IEV), interpuso un recurso de apelación
en contra del órgano electoral del estado que pretende aplicar leyes
declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, para organizar la duración de las precampañas y campañas del
actual proceso electoral en nuestra entidad.
“La mayoría de este órgano electoral pretende arrogarse la decisión
final sobre quiénes deben o no participar en los próximos comicios, sin
dar el tiempo suficiente para defenderse a los ciudadanos que deseen
participar como candidatos”, explicó Víctor Manuel Salas Rebolledo,
representante de Acción Nacional ante el IEV.
El eje de la apelación se encuentra en la estrechez de los plazos que
pretende imponer el IEV para la revisión de las solicitudes presentadas
por los candidatos a gobernador, diputados locales y alcaldes para la
elección del próximo 4 de julio, pues la norma dada a conocer provoca
incertidumbre para los participantes.
En su resolución del 24 de septiembre de 2009 la SCJN determinó que “esa
falta de certidumbre genera que quede en manos de la autoridad electoral
que reciba, tramite y resuelva lo relativo a las solicitudes el destino
de las mismas, sin reglas emitidas por el legislador a esos efectos, lo
que relativiza un ámbito sumamente delicado, como es el acceso de los
ciudadanos al ejercicio efectivo del derecho fundamental a ser votado, y
pone de manifiesto la violación señalada por la promovente”.
Acción Nacional, como lo dimos a conocer durante el inicio del proceso
electoral, dijo Salas Rebolledo, “desconfía de que la mayoría de los
Consejeros Electorales tenga la intención de respetar los principios
rectores de su función como son la legalidad, imparcialidad, objetividad,
certeza e independencia a la hora de la toma de decisiones”.
“Además de que el acuerdo dado a conocer el pasado día 8 de enero
desacata la autoridad de la Suprema Corte de Justicia, que es el máximo
tribunal constitucional del país”, agregó
En la misma apelación, Acción Nacional también impugna el acuerdo donde
se asegura que las campañas inicien a partir del día siguiente al que se
realiza el registro a los distintos cargos de elección popular, pues se
contrapone al Código Número 307 Electoral donde se asienta que “las
campañas electorales iniciarán, una vez aprobado el registro de
candidaturas por el órgano electoral correspondiente”.
Es decir, en el momento en que se apruebe el registro de la candidatura,
lo que da mayor tiempo para las campañas.
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