PREVENCIÓN PARA QUEMA DE FUEGOS ARTIFICIALES
Regidor y director del área, deben procurar su observancia para evitar
accidentes
Con motivo de las celebraciones de eventos cívicos con motivo de las
fiestas patrias, la Secretaría de Protección Civil, formula una serie de
recomendaciones a la población, que son medidas de prevención por posibles
accidentes por la quema de fuegos artificiales.
El presidente municipal Armando Kirsch Ramos, dispuso que la Dirección
Municipal de Protección Civil esté atenta y ponga en vigor las medidas de
prevención necesarias que permitan disfrutar de la ceremonia del Grito de
Independencia el próximo 15 por la noche.
La Secretaria del área, Noemí Zoila Guzmán Lagunes, sugiere la
elaboración y/o revisión del Plan Familiar de Protección Civil; que la
adquisición de material pirotécnico se haga solo en los lugares autorizados
para su venta, de lo contrario, no se compre. La pirotecnia no regulada, es
delito y provoca graves accidentes.
Que se evite el almacenamiento en casa, auto y menos se guarde en las
ropas; se evite encender fuegos artificiales o detonar material pirotécnico
en lugares cerrados, cerca de cilindros o tanques estacionarios de gas, de
vehículos motorizados y de material flamable o combustible.

Por ningún motivo, advierte la Secretaria en sus instrucciones, se arroje
material pirotécnico encendido sobre personas, animales, vehículos ni se
introduzca en alcantarillas, drenaje, contenedores metálicos o de vidrio, es
sumamente peligroso; vigilar a menores si queman palomas, buscapiés,
chifladores, etc.
También es importante que si se organiza n espectáculos con quema de
fuegos artificiales para exteriores o interiores, contrate a una persona o
empresa debidamente registrada y autorizada por la SEDENA, para que le
oriente sobre las medidas y sistemas de seguridad que se tienen que
observar.
Las autoridades municipales por su parte, están obligadas a difundir y
fomentar la cultura de la prevención en la ciudadanía, así como fomentar
también la cultura de la denuncia ciudadana, sobre establecimientos que
fabriquen, almacenen, transporten o comercialicen material pirotécnico en
forma ilícita.
Será su obligación igualmente, verificar que los comerciantes que
expendan ese material, cuenten con su registro y autorización de la SEDENA
vigentes; seguro contra daños a terceros; programa especial de Protección
Civil autorizado y en los sitios donde se programen festejos y se quemen
fuegos artificiales, se establezca perímetro de seguridad y /o
acordonamiento de la zona. |